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RESEÑA HISTÓRICA DE LA DIRECCIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA DEL
URUGUAY
I
LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
El 5 de setiembre de 1935 por
Resolución del Poder Ejecutivo se designó interinamente, para
desempeñar las funciones honorarias de “Director de la
Aeronáutica Civil” a quien se había contratado como Director
Técnico de los talleres de la Aeronáutica Militar. El primer
considerando expresaba la necesidad de hacer efectivo el
contralor que ejercía la Aeronáutica Militar sobre la Aviación
Civil. Otro considerando expresaba que la Aeronáutica Civil
hasta ese momento sólo había tenido el carácter de agrupación
deportiva. La Resolución aprobaba transitoriamente la
reglamentación a que ajustaría el Director de Aeronáutica Civil
el desempeño de sus cometidos.
El 27 de diciembre de 1935 el Gobierno puso en vigencia la
Reglamentación Provisoria que regía las actividades de la
Dirección de Aeronáutica Civil. Sus cometidos eran amplísimos,
abarcando también los aeropuertos. Cuatro días después la Ley de
presupuesto Nº 9.538 previó para ella gastos de funcionamiento
con cargo a Rentas Generales.
A partir del año 1936 dicha Dirección comenzó a otorgar los
brevets de Piloto Aviador, que hasta ese entonces había emitido
el Centro Nacional de Aviación; asimismo obligó a matricular
todas las aeronaves civiles con el prefijo que corresponde al
Uruguay: CX, un guión y tres letras.
Por la Ley 9.977 de 5 de diciembre de 1940, llamada de “Fomento
de la Aviación Nacional”, la Dirección de Aeronáutica Civil pasó
a depender directamente del Ministerio de Defensa Nacional.
Sería el órgano de dirección, control y fomento de la
Aeronáutica Civil, tanto en el aspecto comercial como en el
deportivo o de entrenamiento. Y por Decreto Nº 3.350 de 22 de
junio de 1944 se aprobó su Reglamento interno.
El Decreto Nº 445 de 3 de junio de 1975 establece la
organización y funcionamiento de la Dirección General de
Aviación Civil.
Por Ley Nº 14.747 de 28 de diciembre de 1977, llamada Ley
Orgánica de la Fuerza Aérea, la Dirección General de Aviación
Civil pasó a depender directamente de la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica.
II
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA
El 23 de noviembre de 1936 se creó
una Comisión encargada de solucionar el problema que
representaba la carencia de un “Aeródromo Nacional” destinado a
aeropuerto de las compañías de aeronavegación nacionales y
extranjeras, así como a ser sede de los centros deportivos.
Luego de diversos estudios y dictámenes, se aconsejó la
adquisición de un campo ubicado en Carrasco. En 1940 El Poder
Ejecutivo eligió el emplazamiento del Aeropuerto de Carrasco. La
infraestructura aeronáutica se encontraba en plena evolución,
con una red de aeródromos y dos aeropuertos programados:
Carrasco y Laguna del Sauce.
En abril de 1944 se aprobó el Plan General de Construcciones
confeccionado por la Comisión del Aeropuerto Nacional de
Carrasco y se autorizó el llamado a licitación pública. Ese
mismo año, las pistas Norte-Sur y Este-Oeste estuvieron
prácticamente terminadas; el 19 de setiembre tuvo lugar el
primer aterrizaje en el nuevo aeropuerto. Sin embargo, sólo en
1953 se procedería a inaugurar oficialmente la aerostación con
los servicios anexos a su infraestructura. Para esa época ya se
preveía la transformación de la Comisión en un organismo de
mayor importancia, que abarcara todos los aeródromos y
aeropuertos del país, y no sólo el de Carrasco y el de Laguna
del Sauce, como hasta ese momento.
Por Decreto Nº 23.791 de 18 de noviembre de 1954, la Comisión
del Aeropuerto Nacional de Carrasco se transformó en la Comisión
Nacional de Aeropuertos, teniendo entre sus cometidos, estudiar
los proyectos y la dirección de las obras de mejoramiento y
conservación de todos los aeródromos y aeropuertos de la
República.
En 1973, dicha Comisión se transformó en la Dirección General de
Aeropuertos Nacionales (DIGAN), y más tarde, por la Ley Orgánica
de la Fuerza Aérea, en la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica, dependiente directamente de la Dirección Nacional
de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA).
III
SITUACIÓN INSTITUCIONAL ACTUAL
El Decreto Nº 21/999 de 26 de enero
de 1999 establece que la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica es la autoridad aeronáutica a que
refiere el Código Aeronáutico y las demás normas aplicables en
la materia; asimismo reglamenta su organización y
funcionamiento.
La Ley de Presupuesto Nacional Nº 17.296 de 21 de febrero de
2001, en su artículo 106 fusiona las unidades ejecutoras
correspondientes a la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica, la Dirección General de Aviación
Civil y la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica
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